BANCO CENTRAL DE COSTA
RICA
GERENCIA
En
cumplimiento del mandato establecido en el artículo 36 bis de la Ley 7472 Promoción
de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, adicionado por la Ley
9859 del 11 de junio de 2020, que en lo relevante indica: "Las
tasas máximas señaladas serán calculadas y establecidas por el Banco
Central de Costa Rica, el cual las deberá publicar, en la primera semana
de los meses de enero y julio de cada año, en La Gaceta y en su página web.", a continu
Todo tipo de crédito (salvo microcrédito)
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Colones
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33,41 %
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Dólares
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27,72 %
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Microcréditos
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Colones
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47,23 %
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Dólares
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39,32 %
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Créditos en
otras monedas
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5,68 %
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Ficha articuloFecha de generación: 19/3/2025 19:03:30