N° 10345
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE
COSTA RICA Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA SOBRE
ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL
ARTÍCULO 1- Se aprueba, en cada una de sus partes, el
Convenio entre la República de Costa Rica y la República de Colombia sobre
Asistencia Judicial en Materia Penal, suscrito en Washington, el 4 de junio de
2018. El texto es el siguiente:
CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SOBRE ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL
(Nota de Sinalevi: Por tener articulado
propio el Convenio con la República de Colombia sobre Asistencia Judicial en
Materia Penal debe ser consultado en el siguiente Enlace)
Ficha articulo
ARTÍCULO 2- La República de Costa Rica
entiende que la obligación de conceder asistencia judicial se brindará de
conformidad con lo dispuesto por la Ley 7425, Ley sobre Registro, Secuestro y
Examen de Documentos Privados e intervención de las Comunicaciones, de 9 de
agosto de 1994.
Ficha articulo
ARTICULO 3- La República de Costa Rica
entiende que la autorización para el traslado provisional de personas detenidas
(incluyendo la que está cumpliendo la condena en forma de privación de
libertad) será transmitida y gestionada por la autoridad central de la parte
requerida ante las autoridades judiciales correspondientes, según lo dispuesto
por el derecho interno.
Ficha articulo
ARTICULO 4- La República de Costa Rica
entiende que la obligación de conceder asistencia judicial por parte del Estado
costarricense se brindará de conformidad con lo dispuesto por la Ley 8720, Ley
de Protección a Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Intervinientes en el Proceso
Penal, Reformas y Adición al Código Procesal Penal y al Código Penal, de 4 de
marzo de 2009.
Rige
a partir de su publicación
Dado en la Presidencia de la República, San José, a
los 28 días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.