Texto Completo acta: 324CC
1
Vistos la solicitud de los respectivos vecindarios, tendiente a que
se erija en la provincia de Alajuela un nuevo cantón que se distinguirá
con el nombre "Valverde Vega"; y el resultado del plebiscito que para oír
el parecer de los ciudadanos de los distritos que habrán de integrar esa
nueva entidad administrativa, se efectuó el domingo veintitrés de los
corrientes,
LA JUNTA FUNDADORA DE LA SEGUNDA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1º.- Erígese en cantón bajo el número 12 de la provincia de
Alajuela, el distrito cuarto del cantón de Grecia, se denominará "Valverde
Vega" y tendrá por cabecera la población de Sarchí Norte, con el título de
villa.
Ficha articulo Artículo 2º.- Integrarán este nuevo cantón los siguientes distritos:
1º.-Sarchí Norte, con sus caseríos San Juan, La Luisa, Sabanilla y
Sainal.
2º.-Sarchí Sur, con sus caseríos San Pedro de La Unión, Talolinga y
Ratoncillal.
3º.-Toro Amarillo, con sus caseríos Río Segundo y Las Delicias.
Ficha articulo
Artículo 3º.- Sus linderos serán los siguientes:
Norte: límite provisorio con el distrito de Río Cuarto del cantón de
Grecia;
Sur: con los cantones de Grecia y Naranjo;
Este: con los cantones de Grecia y Poás; y
Oeste: con los cantones de Naranjo, Alfaro Ruiz y San Carlos.
Ficha articulo
Artículo 4º.- El nuevo cantón se inaugurará el 1º de enero de 1950,
a cuyo efecto el Tribunal Supremo de Elecciones convocará a la elección de
Municipalidad en la fecha y forma que marca la ley respectiva.
Este Decreto-Ley rige desde su publicación.
Ficha articulo
Fecha de generación: 20/5/2025 00:07:51