MUNICIPALIDAD
DE PURISCAL
Municipalidad de
Puriscal, habiéndose sometido a consulta pública por un periodo de diez días
hábiles los requisitos para el trámite de visados de planos ante la
Municipalidad de Puriscal, en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del 2019 y
al no recibirse objeciones contra el mismo; se acuerda aprobar el día 02 de
abril del 2019 mediante acuerdo municipal 02-215-2019 publicar dichos requisitos,
ratificando su contenido original.
(Nota
de Sinalevi: Tal como se indica en el párrafo anterior el texto corresponde al
publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del 2019, y se transcribe a
continuación:)
Se somete a
consulta pública por un plazo de 10 días los requisitos para el trámite de
visados de planos ante la Municipalidad de Puriscal, documento que se encuentra
disponible en la siguiente dirección electrónica: Link:
http://munipuriscal.go.cr/Process/detail/26
Las observaciones
y consulta referentes a dicho documento se atenderán en la siguiente dirección
de correo electrónico: zonificacion@munipuriscal.go.cr.
(Nota de sinalevi: Los presente
requisitos se extrajeron del sitio web de la Municipalidad
de Puriscal, y se transcriben a continuación:)
Requisitos para el trámite de visados
de planos ante la Municipalidad de Puriscal
La solicitud se recibe únicamente en formato digital, de
manera completa, al correo electrónico zonificacion@munipuriscal.go.cr , o el
dispuesto por la Municipalidad de Puriscal, donde se debe adjuntar a la
solicitud en formato ".pdf" la siguiente documentación:
1. Nota de
disponibilidad de luz, emitido por la entidad correspondiente, con firma y
sello; donde se indique la disponibilidad para la finca madre y/o en su efecto
que mencione el número de la minuta de presentación.
2. Nota de
disponibilidad de agua potable, emitido por la entidad correspondiente, con
firma y sello; donde se indique la disponibilidad para la finca madre y/o en su
efecto que mencione el número de la minuta de presentación.
3. La minuta de la
presentación.
4. El plano de la
presentación con los sellos del CFIA y Catastro Nacional.
5. Un montaje
debidamente acotado, firmado por el profesional responsable, a escala, donde se
indique la condición de resto de finca madre, con sus detalles, tal y como lo
indica la Ley de Catastro, artículo 34, inciso e) y el Reglamento para el
Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, artículo II.1.2.
6. Indicar en el asunto
del correo electrónico de la solicitud, el número de la minuta de la
presentación.
7. El propietario (os)
registral (es), debe estar al día con el pago de los impuestos municipales.
8. Uso del suelo de la finca madre
debidamente aprobado y vigente, en los casos donde se pretenda construir en el
lote.
Se seguirán recibiendo
solicitudes de visado en sistema análogo, UNICAMENTE para aquellos planos
catastrados que antecedan a la fecha de la publicación de los requisitos para
visado municipal y que sean relativos a fraccionamientos.
Que a través del subproceso de
Zonificación se procede a realizar UN SOLO VISADO MUNICIPAL, a partir de la
fecha de publicación de los requisitos, en Diario Oficial a La Gaceta.
Aprobado mediante acuerdo
No.01-201-2019 del Concejo Municipal.