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 Normativa >> Acuerdo municipal 215 >> Fecha 02/04/2019 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 215
Requisitos para el trámite de visados de planos ante la Municipalidad de Puriscal

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL



Municipalidad de Puriscal, habiéndose sometido a consulta pública por un periodo de diez días hábiles los requisitos para el trámite de visados de planos ante la Municipalidad de Puriscal, en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del 2019 y al no recibirse objeciones contra el mismo; se acuerda aprobar el día 02 de abril del 2019 mediante acuerdo municipal 02-215-2019 publicar dichos requisitos, ratificando su contenido original.



(Nota de Sinalevi: Tal como se indica en el párrafo anterior el texto corresponde al publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del 2019, y se transcribe a continuación:)



Se somete a consulta pública por un plazo de 10 días los requisitos para el trámite de visados de planos ante la Municipalidad de Puriscal, documento que se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: Link: http://munipuriscal.go.cr/Process/detail/26



Las observaciones y consulta referentes a dicho documento se atenderán en la siguiente dirección de correo electrónico: zonificacion@munipuriscal.go.cr.



(Nota de sinalevi: Los presente requisitos se extrajeron del sitio web de la Municipalidad de Puriscal, y se transcriben a continuación:)



Requisitos para el trámite de visados de planos ante la Municipalidad de Puriscal



La solicitud se recibe únicamente en formato digital, de manera completa, al correo electrónico zonificacion@munipuriscal.go.cr , o el dispuesto por la Municipalidad de Puriscal, donde se debe adjuntar a la solicitud en formato ".pdf" la siguiente documentación:



1. Nota de disponibilidad de luz, emitido por la entidad correspondiente, con firma y sello; donde se indique la disponibilidad para la finca madre y/o en su efecto que mencione el número de la minuta de presentación.



2. Nota de disponibilidad de agua potable, emitido por la entidad correspondiente, con firma y sello; donde se indique la disponibilidad para la finca madre y/o en su efecto que mencione el número de la minuta de presentación.



3. La minuta de la presentación.



4. El plano de la presentación con los sellos del CFIA y Catastro Nacional.



5. Un montaje debidamente acotado, firmado por el profesional responsable, a escala, donde se indique la condición de resto de finca madre, con sus detalles, tal y como lo indica la Ley de Catastro, artículo 34, inciso e) y el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, artículo II.1.2.



6. Indicar en el asunto del correo electrónico de la solicitud, el número de la minuta de la presentación.



7. El propietario (os) registral (es), debe estar al día con el pago de los impuestos municipales.



8. Uso del suelo de la finca madre debidamente aprobado y vigente, en los casos donde se pretenda construir en el lote.



Se seguirán recibiendo solicitudes de visado en sistema análogo, UNICAMENTE para aquellos planos catastrados que antecedan a la fecha de la publicación de los requisitos para visado municipal y que sean relativos a fraccionamientos.



Que a través del subproceso de Zonificación se procede a realizar UN SOLO VISADO MUNICIPAL, a partir de la fecha de publicación de los requisitos, en Diario Oficial a La Gaceta.



Aprobado mediante acuerdo No.01-201-2019 del Concejo Municipal.




Ficha articulo





Fecha de generación: 23/4/2024 23:04:04
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