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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 036
 
  Opinión Jurídica : 036 - J   del 23/03/1999   
 
Resumen

OJ-036-1999


 


ARRENDAMIENTO DE LOCAL MUNICIPAL. LOCAL MUNICIPAL. MERCADO MUNICIPAL. BIENES MUNICIPALES.


 


   El Diputado Otto Guevara Guth, mediante ML-002-99 de 4 de enero de 1999, somete a nuestro criterio las siguientes interrogantes.


a. ¿Fue derogada tácitamente la Ley Nº 2428 por la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos?


b. ¿Con base en qué legislación deben ser planteados los aumentos de alquiler a los concesionarios o arrendatarios de locales en mercados municipales?


 


   Mediante opinión jurídica OJ-036-99 de 23 de marzo de 1999, la Procuradora Administrativa, previo análisis de las normas y jurisprudencia de la Sala Constitucional sobre la materia concluye: 1. La Ley sobre Arrendamiento de Locales Municipales Nº 2428 de 14 de setiembre de 1959, no fue derogada tácitamente por la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos Nº 7527 de 10 de julio de 1995.


2.La legislación que regula los aumentos de alquiler a los concesionarios o arrendatarios de locales en mercados municipales es la Ley sobre Arrendamiento de Locales Municipales Nº 2428, salvo ley especial para algún mercado en particular.