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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 104
 
  Opinión Jurídica : 104 - J   del 01/08/2001   
 
Resumen
OJ-104-2001
 
REGISTRO NACIONAL. NOMBRAMIENTOS INTERINOS. PREAVISO. CESANTÍA. PERÍODO DE PRUEBA. ESTADO PATRONO ÚNICO.

    El Lic. Otto Alberto Neil B., Asesor Legal del Registro Nacional mediante Oficio Nº DJRN-542 de 17 de abril de 2001, y por Acuerdo de su Junta Directiva, solicita el criterio de esta Procuraduría General en relación con el pago de prestaciones legales a funcionarios que han servido interinamente en otra institución, y luego son nombrados en una plaza de ese Registro en la que no logran superar el período de prueba. Dicha situación plantea la duda de a cuál institución corresponde efectuar el pago.


    El Lic. Germán Luis Romero Calderón y la Licda. Marianella Barrantes Zamora, Abogada de Procuraduría, contestaron:


    Las indemnizaciones prevista en los artículos 28 y 29 del Código de Trabajo resultan improcedentes en los supuestos del caso consultado, toda vez que la separación del servidor de la institución a la cual venía prestando servicios por varios años en forma interina no obedece a ninguna de las causas previstas en los artículos citados, ni al hecho del vencimiento del plazo o término del interinato, sino a razones subjetivas del mismo servidor, como lo es pasar a ocupar una plaza en propiedad en otro estamento del aparato estatal, donde debía cumplir con un período de prueba, durante el cual el, sino demuestra idoneidad, puede ser libremente despedido..