Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 066 del 04/03/2002 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 066
 
  Dictamen : 066 del 04/03/2002   
 
Resumen

C-066-2002


VISADO, PLANOS, REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES, INVU, LEY DE CONSTRUCCIONES, LEY DE PLANIFICACIÓN URBANA, CONSTRUCCIONES,


    El Lic. Andrés Montejo Morales, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, mediante oficio N° PE-571-2000-C de fecha 23 de mayo del 2000 (asignado a este Despacho el 26 del mismo mes), indica que mediante acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° 4985 del 17 de mayo del 2000, artículo III, inciso 5), la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo acordó solicitar el criterio técnico de la Procuraduría General con respecto a la "legalidad del Decreto Ejecutivo N° 27967-MP-MIVAH-S-MEIC, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 130 del 06 de julio de 1999, al considerar que puede rozar con leyes de rango superior como la Ley Orgánica del INVU, la Ley de Construcciones y su Reglamento de Construcciones, la Ley del Ambiente, Ley Forestal, Ley de Discapacidad, Ley de Planificación Urbana, Ley de Erradicación de Tugurios, Ley de Propiedad Horizontal, Ley General de Caminos Públicos, Ley de Aviación Civil, Ley de la Zona Marítimo Terrestre, etc., lo anterior por considerar la importancia que tienen para el país el proceso de desregulación de permisología".


    Concretamente se consulta en relación con las siguientes inquietudes: "Las inquietudes que tienen los señores Directores es si el Decreto Ejecutivo antes señalado roza en ilegal, por las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de la Institución, Ley # 1788 de 24 de agosto de 1954, la Ley de Planificación Urbana y la Ley del Ambiente, Ley # 7554 de 13 de noviembre de 1995, por cuanto si bien es cierto la regulación en materia de construcción y planificación urbana es competencia de las Municipalidades, esta (sic) opera siempre que exista un plan regulador, ya que si el mismo no está establecido es competencia de la Institución por tanto, el dictado de normas generales que vengan a regular a nivel de distritos urbanos la planificación de las Municipalidades"


    El Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Procurador Fiscal y la Licda. Ana Paula Hernández Cordero, Abogada de Procuraduría, contestan la consulta mediante el dictamen No. C-066-2002 de 4 de marzo del 2002, en el que después de una extenso análisis y realizando una serie observaciones puntuales sobre el tema consultado, se llega a la conclusión de que el citado Decreto Ejecutivo No. 27967-MP-MIVAH-S-MEIC, no roza con las disposiciones legales que aquí se citan, ni afecta las competencias legales dadas a favor del INVU sobre la materia.