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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 318
 
  Dictamen : 318 del 27/11/2002   
 
Resumen
C-318-2002
 
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN. EL TEATRO MELICO POR SER PARTE DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA NO REQUIERE DE LICENCIA MUNICIPAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS PÚBLICOS.
 
    La señora Gisela Lobo Hernández, Administradora del Teatro Melico Salazar, mediante oficio N°TPMS-1480-02, del 28 de octubre del 2002, requiere el criterio técnico de la Procuraduría General de la República "con respecto a la procedencia de la cancelación de una multa, que la Municipalidad de San José ha impuesto al Teatro Melico Salazar, producto de la ejecución del proyecto "Readecuación del Café y Servicios Sanitarios", ello en virtud de que, a juicio de dicha Municipalidad, el Teatro Melico Salazar no obtuvo la respectiva licencia de construcción.
 
    El Licenciado Juan Luis Montoya Segura, Procurador Tributario y el Licenciado Carlos E. Peralta Montero, asistente de Procuraduría, previo análisis normativo, doctrinal y jurisprudencial sobre la materia, resuelven la consulta planteada, concluyendo que:
 
    De lo expuesto podemos arribar a la conclusión de que siendo el Teatro Popular Melico Salazar un órgano adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, forma parte de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo, y consecuentemente del Gobierno de la República, no requiere licencia municipal para la construcción de edificios públicos, ni tampoco estaría obligado al pago del impuesto sobre las construcciones, cuando las obras construidas sean de interés social; ello de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Construcciones en relación con el artículo 70 de la Ley de Planificación Urbana.