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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 120
 
  Dictamen : 120 del 02/05/2003   
 
Resumen
C-120-2003
 
PRINCIPIO DE LEGALIDAD- REGISTRO DE ALIMENTOS Y DE BEBIDAS- REQUISITOS- CASO DE LAS ACTIVIDADES QUE SON MONOPOLIO DEL ESTADO.
 
    Mediante oficio n. GG #345-2003 del 18 de marzo del año en curso, suscrito por el Ing. Carlos Cruz Chang, gerente general del C.N.P., solicita el criterio de la Procuraduría General de la República sobre si el Ministerio de Salud está desconociendo o no la normativa vigente, al no verificar el otorgamiento por parte de la Fábrica Nacional de Licores de la respectiva concesión a los particulares, para la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas, como requisito legal previo para otorgar registros de ventas que facultan a esos particulares a comercializar en el país bebidas alcohólicas.
 
    Este despacho, en su dictamen C-120-2003 de 2 de mayo del 2003, suscrito por el Dr. Fernando Castillo Víquez, procurador constitucional, concluye lo siguiente:
 
    El Ministerio de Salud tiene el deber de exigir al administrado la concesión otorgada por la FANAL, como requisito previo y necesario, para registrar las bebidas alcohólicas elaborados en el país en el Registro de Comercialización Alimentos que lleva ese órgano.