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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 021
 
  Dictamen : 021 del 31/01/2003   
 
Resumen

C-021-2003


 


NULIDAD ABSOLUTA, EVIDENTE Y MANIFIESTA. DERECHO SUBJETIVO. LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. RECLASIFICACIÓN DE PUESTO. REVALORACIÓN SALARIAL.


 


    El Secretario del Tribunal Supremo de Elecciones, Lic. Alejandro Bermúdez Mora, mediante nota de fecha 15 de mayo del 2002, solicita determinar la existencia de una eventual nulidad absoluta, evidente y manifiesta, en el acto administrativo mediante el cual le otorgó derechos, con carácter retroactivo, a la servidora XXX.


    En el dictamen C-021-2003 de 31 de enero de 2003, el Msc. José Armando López Baltodano, Procurador Adjunto, determinó lo siguiente


 


1.- Para proceder a emitir el dictamen que establece el numeral 173 de la Ley General de la Administración Pública, el acto administrativo que se cuestiona debe presentar un vicio de nulidad, absoluta, evidente y manifiesta y, además, haber generado un derecho subjetivo a favor de los interesados.


 


2.- La resolución de la Dirección General del Registro Civil No. 109-01 de las 09:30 hrs del 24 de julio del 2001, contraviene el ordenamiento jurídico; por cuanto: da un carácter retroactivo a la reclasificación –y a su consecuente revaloración salarial- del puesto de la servidora XXX, va más allá de los términos que establece el artículo 47 del Reglamento a la Ley No. 4519 del 24 de diciembre de 1969 (Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil)


 


3.- De conformidad con lo expuesto, se rinde dictamen favorable para que se declare la nulidad absoluta, evidente y manifiesta de la resolución del Registro Civil No. 109-01 de las 09:30 hrs del 24 de julio del 2001, en punto a que le reconoció a la señora XXX la reclasificación del "puesto No. 45866, a la categoría Coordinador de Apoyo, con rige a partir del primero de enero del año dos mil".