Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 277 del 19/09/2003 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 277
 
  Dictamen : 277 del 19/09/2003   
 
Resumen

C-277-2003


CORPORACION GANADERA. ENTE INSTITUCIONAL “NO ESTATAL”. ADMINISTRACION PUBLICA. REGIMEN DE ACTIVIDAD. HACIENDA PUBLICA. PARAFISCALIDAD. FISCALIZACION.


            La Dra. Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora Asesora, en ofidio N. C-277-2033 de 19 de septiembre de 2003, da respuesta a la consulta formulada por el Director Ejecutivo de la Corporación Ganadera, en oficio N. CG-03-245 de 26 de agosto de 2003.


            Mediante dicho oficio, CORFOGA consulta cuál es su naturaleza jurídica, cuál es el marco jurídico por el cual debe regir su actividad, si forma parte de la Administración Pública y de la Hacienda Pública.  Se dictamina que: 


1-.  La inexistencia de una base asociativa impide considerar a la Corporación Ganadera como un ente corporativo.


2-.  No obstante, si tomamos en cuenta que ha sido creada para la consecución de fines e intereses de un determinado sector de la población, puede considerarse que la denominación de “ente público no estatal” realizada por el artículo 1° de su Ley de creación, N. 7837 de 5 de octubre de 1998, es correcta.


3-.  La función de fomento de la ganadería bovina constituye una función administrativa. Dado ese ejercicio de función administrativa, puede considerarse que el ente público CORFOGA es parte de la Administración Pública.


4-.  Empero, por expresa disposición de su Ley la entidad rige su actividad sustancial por el Derecho Privado.


5-. El financiamiento de la Corporación es producto de una contribución parafiscal, que necesariamente debe considerarse como fondo público.


6-. La Contraloría General de la República está habilitada para ejercer control sobre los fondos de la Corporación, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 8, segundo párrafo y 11 de la Ley N. 7837. Puede, entonces, decirse que la Corporación Ganadera es un sujeto pasivo de la fiscalización del Organo de Control.