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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 300
 
  Dictamen : 300 del 01/10/2003   
 
Resumen

C-300-2003


NULIDAD ABSOLUTA, EVIDENTE Y MANIFIESTA.  NULIDAD ABSOLUTA.  NULIDAD PARCIAL.  CONSERVACION DEL ACTO.


 


   El Presidente de la República mediante  oficio de fecha 4 de marzo del 2003, solicita el dictamen favorable previsto en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública, como parte del procedimiento tendente a determinar la posible nulidad absoluta, evidente y manifiesta, de la resolución número DG-088-2002 del 29 de abril del 2002, emitida por la Dirección General de Servicio Civil.  El procedimiento administrativo del presente dictamen corresponde al Sr. XXX.


   Iván Vincenti Rojas, mediante dictamen C-300-2003 del 1° de octubre del 2003, concluye lo siguiente:  Se estima que existe un vicio de nulidad absoluta en el estudio técnico que sirvió de motivo a la emisión de la resolución DG-088-2002 por parte del Director General de Servicio Civil.  Sin embargo, esta nulidad absoluta debe reputarse como parcial (reestructuración de la plaza que ocupa el Sr. XXX) y no se configura como evidente y manifiesta en los términos del artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública.  La declaratoria de esta nulidad absoluta deberá ser conocida por los tribunales de justicia, previo cumplimiento de los requisitos contemplados en los artículos 10 y 35 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


   Por su parte, en lo que atañe a la resolución DG-088-2002, no se aprecian motivos de nulidad absoluta, evidente y manifiesta, razón por la cual no se emite dictamen favorable en los términos del artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública.