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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 348
 
  Dictamen : 348 del 07/11/2003   
 
Resumen
C-348-2003
 
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL. PRONAMYPE. FIDEICOMISO. FONDOS PÚBLICOS. COMPETENCIA PREVALENTE DE LA CONTRALORÍA. FONDO DE INCOBRABLES. NATURALEZA JURÍDICA.

El señor Ovidio Pacheco Salazar, Ministro de Trabajo y Seguridad Social mediante oficio n.º DMT-822-2003, del 24 de julio del año en curso, atendiendo el Acuerdo del Comité Especial del Fideicomiso 02-99 MTSS Pronamype/Banco Popular, adoptado en la sesión n.º 8-2003, celebrada el 15 de julio del presente año, requirió el criterio de la Procuraduría General de la República en torno a la naturaleza jurídica y destino del Fondo de Incobrables del citado Fideicomiso.


La consulta fue evacuada por el M.Sc. Omar Rivera Mesén, Procurador Adjunto, mediante Dictamen n.º C-348-2003, del 7 de noviembre del 2003, en el cual, luego de advertir la competencia prevalente y excluyente de la Contraloría General de la República para pronunciarse sobre todo lo relacionado con la disposición de fondos públicos, en un afán de colaboración con la Administración consultante y a efectos de evitar una mayor dilación en la solución del asunto que interesa, la Procuraduría accede a pronunciarse sobre el tema consultado, desde un punto de vista estrictamente jurídico, concluyendo que "(…) la naturaleza jurídica del Fondo de Incobrables del Fideicomiso FONAMYPE/BANCO POPULAR, es la misma que la de los recursos con los que se constituyó dicho fideicomiso, es decir, se trata de fondos públicos y, en consecuencia, deben destinarse a satisfacer los fines que motivaron la constitución del referido fideicomiso."