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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 134
 
  Opinión Jurídica : 134 - J   del 23/09/2002   
 
Resumen

OJ-134-2002


PROYECTO DE LEY DENOMINADO “LEY GENERAL DE ADUANAS”.


Mediante oficio sin número, suscrito por el Diputado Mario Redondo Poveda, miembro de la Comisión Dictaminadora de la Asamble Legislativa, se solicita vertir criterio técnico-jurídico sobre el contenido general del proyecto de la Ley General de Aduanas.


El Licenciado Rodrigo Herrera Fonseca, da respuesta a dicha solicitud, mediante O.J. 134-2002 del 23 de setiembre del 2002, en la cual se analizaron los siguientes temas:


Dentro de los tipos penales en estudio, se trato el del Contrabando, su estructura, penalidad, agravantes, y monto de la pena.


El delito de Defraudación Fiscal Aduanera, su estructura, penalidad, doble sanción, agravantes, monto de la multa. Protección del medio ambiente, regulación sobre los cómplices y encubridores.


La Responsabilidad Penal del Funcionario Público por acción u omisión dolosa, a este respecto se establece que la aplicación de las sanciones debe estar sujeta a principios de proporcionalidad, razonabilidad y al de no confiscacación.


En lo que concierne a la regulación del procedimientro administrativo para la investigación e imposición de sanciones administrativas, se propone regular sobre medidas cautelares, competencia de la Administración, publicidad de los procesos, los poderes y deberes de la Administración Aduanera, plazos, inspección, y medios de investigación entre otros.


Algunas obligaciones contenidas en la Ley General de Aduanas que no tienen una sanción asignada, eventualmente podrían verse supletoriamente como incumplimiento de deberes o abuso de autoridad, en caso de no asignarsele una sanción específica.


Por último en el Proyecto se crean sanciones de obligaciones ya contenidas en la legislación vigente, por lo que deberá valorarse la necesidad de condicionar esas normas a presupuestos de hecho y medios de prevención, con la finalidad de no dejar en desamparo obligaciones estipuladas por la nueva legislación.