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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 007
 
  Dictamen : 007 del 12/01/2005   
 
Resumen

C-007-2005
 
AUDITORÍA INTERNA. ACCESO A LA INFORMACION. AUTODETERMINACION INFORMATIVA. LEGITIMACION DE CAPITALES. OBLIGACIONES ENTIDAD FINANCIERA. CONTROL INTERNO SOBRE ENTIDAD FINANCIERA.

 
            Mediante oficio N° AUD-0501-2004 de 6 de diciembre de 2004, el Auditor Interno del Banco de Costa Rica consulta si le resulta aplicable el artículo 18 de la Ley N° 8204, Ley sobre Esupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Legitimación de capitales y actividades conexas, a la Auditoría Interna en el cumplimiento de sus funciones. Lo anterior se plantea ante la negativa de la oficina de cumplimiento de suministrar información sobre lista de operaciones inusuales o sospechosas.
 
        La Dra. Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora Asesora, en dictamen N° C-007-2005 de 12 de enero siguiente, da respuesta a la consulta, concluyendo que:
 
1-.       La auditoría interna es un órgano de la entidad financiera pública. Como tal  es parte de la organización de ésta y su objetivo último es velar que la organización cumpla los fines que justifican su existencia, con respeto a los principios de legalidad, eficiencia y eficacia.
 
2-.       El cumplimiento de la función de auditoría interna y el respeto al principio de independencia funcional del auditor requieren del libre acceso a la información y documentación de la Administración que se audita.
 
3-.       En ese sentido, la negativa de suministrar información relacionada con el accionar de un ente público financiero restringe el ejercicio de las competencias de la auditoría e impide el cumplimiento efectivo de los objetivos plasmados en la Ley General de Control Interno.
 
4-.       En la medida en que la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Legitimación de capitales y actividades conexas prevé el establecimiento de controles internos en relación con las obligaciones que se imponen a la entidad financiera para la prevención de la legitimación de capitales, se sigue que la auditoría interna tiene un papel fundamental que cumplir para el logro de los objetivos de esa ley.
 
5-.       Parte de esa función consiste en verificar y evaluar el cumplimiento de las políticas, procedimientos y controles internos emitidos por la entidad financiera conforme lo dispuesto en la Ley N° 8204. Todo con el objeto de mejorar la  efectividad de la administración del riesgo y del control de la entidad sujeta a control. En ese sentido, importa la evaluación del riesgo en que puede incurrir la entidad financiera por insuficiencia de normas, procedimientos y controles dirigidos a prevenir y detectar operaciones de legitimación de capitales o bien, por problemas de ejecución. Riesgo que no solo afectaría los fines de la referida Ley N° 8204, sino también los fines de la Hacienda Pública.