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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 336
 
  Dictamen : 336 del 07/09/2005   
 
Resumen

C-336-2005


EL ARTÍCULO 173 DE LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA POTESTAD EXCEPCIONAL PARA ANULAR O REVISAR DE OFICIO LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS FAVORABLES O DECLARATIVOS DE DERECHOS. LA AFECTACIÓN AL RÉGIMEN DE PROHIBICIÓN DEL EJERCICIO LIBERAL DE UNA PROFESIÓN, COMO INCOMPATIBILIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, ES UN EJEMPLO TÍPICO DE ACTO GRAVAMEN. LA AFECTACIÓN AL RÉGIMEN DE PROHIBICIÓN DEL EJERCICIO LIBERAL DE UNA PROFESIÓN, COMO INCOMPATIBILIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, ES UN EJEMPLO TÍPICO DE ACTO GRAVAMEN. ELEMENTOS DIFERENCIADORES DEL PRESENTE CASO Y RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE ACTOS ADMINISTRATIVOS MIXTOS O DE CONTENIDO (EFECTO) MIXTO. SOBRE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. LA NULIDAD ABSOLUTA, EVIDENTE Y MANIFIESTA.


 


    Con oficio DM-1161-2005 del 28 de julio último, se nos pide rendir el dictamen previsto en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública, para la anulación en sede administrativa del acto materializado en el oficio CLAS-009-2003 de 7 de enero de 2003, mediante el cual se le concedió a la servidora XXX, el pago de un 65% adicional sobre su salario base como compensación económica por concepto de prohibición del ejercicio liberal de la profesión; esto con base en lo dispuesto por el artículo 123 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos - Nº 8131 de 18 de setiembre de 2001-.


 


El Máster Luis Guillermo Bonilla Herrera, Procurador Adjunto, mediante dictamen C-336-2005 y luego de concretar el correspondiente análisis técnico - jurídico concluye que:


 


 “ De conformidad con lo establecido en los artículos 164.2, 173 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y con base en las consideraciones jurídicas expuestas, esta Procuraduría General rinde dictamen favorable, a fin de que se proceda a declarar la anulación parcial en vía administrativa del acto materializado en el oficio CLAS-009-2003 de 7 de enero de 2003, de la Unidad Técnica de Recursos Humanos del Misterio de Hacienda, respecto de su contenido favorable o declaratorio de derechos a favor de la funcionaria XXX, en cuanto al reconocimiento de la compensación económica del 65% de su salario base  por concepto de la prohibición al ejercicio profesional. Lo anterior no comporta una variación del contenido gravamen o limitativo de derechos del acto impugnado, en cuanto declara afecto al régimen de incompatibilidades de la función pública, y más concretamente a la prohibición del ejercicio profesional, el cargo ocupado por la susodicha; el cual debe ser mantenido como válido y eficaz.”