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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 021
 
  Opinión Jurídica : 021 - J   del 21/02/2006   
 
Resumen

OJ-021-2006  


PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA DE FUNCIONES. AUTONOMÍA DE LAS INSTITUCIONES AUTÓNOMAS. DIFERENCIA ENTRE ENTE Y ÓRGANO.  


Mediante carta del 06 de julio del 2005, recibida en mi despacho el día de hoy, la Licenciada Rocío Barrantes Solano, jefa de Área de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, solicita el criterio del Órgano Superior consultivo técnico-jurídico sobre el  proyecto de ley denominado “Autorización al Consejo Nacional de Producción para donar finca del Partido de Puntarenas, matrícula 026778-000”, el cual se tramita bajo el expediente legislativo n.° 15.841.  


Este despacho, en la opinión jurídica OJ-021-2006 de 21 de febrero del 2006, suscrito por el Dr. Fernando Castillo Víquez, procurador constitucional, concluye lo siguiente:  


El proyecto de ley, tal y como está concebido en su numerales, 2° 3° y 4°, presenta algunas dudas de constitucionalidad y problemas de técnica legislativa.