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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 324
 
  Dictamen : 324 del 14/08/2006   
 
Resumen
C-324-2006
 
Forma de recuperar sumas canceladas erróneamente- teoría de los actos propios- caducidad- prescripción.
 
 
El señor Auditor Interno a.i. del  Banco Hipotecario de la Vivienda , consulta a esta Procuraduría, mediante Oficio AI-OF-278-2006 de 21 de junio del 2006, sobre la posibilidad de ejecutar acciones tendientes a recuperar las sumas canceladas a anteriores funcionarios nombrados a plazo fijo, quienes, específicamente, han ocupado cargos de gerentes y subgerentes de esa entidad bancaria, habida cuenta de que el Departamento Legal señala que en esos casos, a la Administración le ha corrido el plazo de la caducidad.
 
Previo estudio al respecto, la Msc. Luz Marina Gutiérrez Porras, Procuradora II, ha concluido lo siguiente:
 
“Para proceder a ejecutar las acciones tendientes a recuperar las sumas canceladas a anteriores funcionarios que ocuparon puestos de gerente o subgerente en el Banco Hipotecario de la Vivienda , la Administración consultante deberá valorar caso por caso, a fin de determinar si la potestad de declarar válidamente en vía administrativa, o solicitar ante la jurisdicción Contencioso Administrativa, la nulidad de las actos que reconocieron el derecho de auxilio de cesantía a los anteriores gerentes o subgerentes del Banco Hipotecario de la Vivienda –sin existir fundamento jurídico que así lo autorizara, según Dictamen No. C-127-2006 de 28 de marzo del 2006- le ha transcurrido el plazo de  caducidad, a tenor de lo que establece el artículo 173. 5 de la Ley General de la Administración Pública , o bien lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley Reguladora Contencioso Administrativo, según sea el supuesto.”