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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 461
 
  Dictamen : 461 del 14/11/2006   
 
Resumen

C-461-2006


 


FUNCIONARIOS DE CONFIANZA SUBALTERNOS.  TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL.  PAGO DE AUXILIO DE CESANTÍA Y PREAVISO.


 


El Ministerio de Ambiente y Energía solicita el criterio de este Órgano Asesor sobre la viabilidad de cancelar las “prestaciones legales” a los funcionarios de confianza subalternos durante el periodo anterior.


 


Mediante criterio C-461-2006, Grettel Rodríguez Fernández da respuesta a la consulta planteada indicando:


 


“A partir de lo expuesto, es posible señalar que en el tanto las funciones desempeñadas por los trabajadores de confianza sean consideradas como funciones permanentes y no exista norma que establezca el plazo de nombramiento, los contratos suscritos con dichos trabajadores deberán ser considerados contratos a plazo indefinido, debiendo reconocerse al final de la relación laboral cuanto medie despido sin justa causa el importe correspondiente al auxilio de cesantía y al preaviso, según lo establecen los artículos 28 y 29 del Código de Trabajo”.