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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 002
 
  Dictamen : 002 del 09/01/2007   
 
Resumen

C-002-2007


 


Permisos de construcción, Otorgamiento, Artículo 83 de la Ley de Construcciones, “Reglamento de Construcciones, Reparaciones y Ampliaciones, visado de planos, fiscalización de obras, movimientos de tierra y permisos de demolición de la Municipalidad de Carrillo”.


 


Mediante oficio sin número, de 29 de setiembre de 2005, del señor Carlos Cascante Gutiérrez, Auditor Interno de la Municipalidad de Carrillo, se solicita el criterio de este Órgano Consultivo, respecto al procedimiento utilizado para la tramitación de permisos de construcción por el Alcalde de la Municipalidad de Carrillo, el que a su criterio, resulta contrario a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley de Construcciones.


 


La M.Sc. Tatiana Gutiérrez Delgado, Procuradora dio respuesta en los siguientes términos:


 


En vista de que la consulta formulada, se refiere a la legalidad de actos específicos llevados a cabo por el Alcalde Municipal de Carrillo, lo que a criterio de este Despacho constituye un caso concreto, resulta improcedente la solicitud formulada por el señora Auditor. No obstante, con un afán de colaboración, se emiten algunas consideraciones generales sobre el tema.


 


Del análisis del artículo 83 de la Ley de Construcciones, se llegó a la conclusión de que no faculta a los ingenieros municipales a autorizar, en forma definitiva, las solicitudes de permiso de construcción de obras. Ahora bien, en el caso de la Municipalidad de Carrillo, el “Reglamento de Construcciones, Reparaciones y Ampliaciones, visado de planos, fiscalización de obras, movimientos de tierra y permisos de demolición de la Municipalidad de Carrillo”, establece como función del Departamento de Construcción, la vigilancia del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas por ley y reglamento para los permisos de construcción; y encarga al ingeniero municipal la firma, definitiva, de dichos permisos.