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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 070
 
  Dictamen : 070 del 05/03/2007   
 
Resumen

C-070-2007

 

MIDEPLAN. REORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA. COMPETENCIA. POTESTAD DE IMPERIO. MINISTERIOS E INSTITUCIONES AUTÓNOMAS. ENTES PÚBLICOS NO ESTATALES.

 


La señora Hannia Vega, Ministra a. i., de Planificación nacional y Política Económica, mediante oficio n.° DVMHV-279-06, del 28 de julio del 2006, requirió la aclaración de  nuestro dictamen n.° C-084-2006, del 1° de marzo del 2006, respecto de los alcances de la facultad del MIDEPLAN para aprobar las reorganizaciones de los Ministerios e Instituciones Públicas, particularmente en lo relativo a los Entes Públicos no Estatales. Concretamente, se nos solicitó aclarar las conclusiones b), c) y d) del referido dictamen n.° C-084-2006, respecto de si


 


¿Incluye a los Entes Públicos no Estatales que administran fondos del Estado, el concepto de ‘Instituciones Públicas’.


¿En que casos un Ente Público no Estatal debe someter sus procesos de reorganización a aprobación del MIDEPLAN?”


 


            La consulta fue evacuada por el M.Sc. Omar Rivera Mesén, Procurador B, mediante dictamen n.° C-070-2007, del 5 de marzo del 2007, quien luego de analizar los alcances de la competencia conferida al MIDEPLAN en materia de reorganización administrativa, concluyó:


 


“De conformidad con lo expuesto, la Procuraduría General de la República aclara las conclusiones del dictamen n.° C-084-2006, del  1° de marzo del 2006, en el sentido de que el concepto de «instituciones públicas» no incluye a los denominados entes públicos no estatales.  Por consiguiente, el MIDEPLAN carece de competencia para conocer de los procesos de reorganización administrativa que pretendan llevar a cabo los citados entes.”