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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 272
 
  Dictamen : 272 del 16/08/2007   
 
Resumen

C-272-2007


 


MECANISMO DE REVALORIZACION AL PUESTO DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL REGIMEN DE HACIENDA POR EL INCISO CH DEL ARTICULO 1 D E LA LEY 148; PROCEDIMIENTO A INSTANCIA DE PARTE; PRINCIPIO DE ROGACIÓN.


Por oficio DNP-2163-2006 de 4 de octubre de 2006, el entonces Director Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Licenciado Jeremías Vargas Chavarría, solicita reconsiderar parcialmente los dictámenes C-368-2003 de 20 de noviembre de 2003, C-128-2004 de 28 de abril de 2004 y C-381-2004 de 22 de diciembre de 2004, en lo atinente al principio de rogación en materia de revalorización de pensiones, para que en su lugar, con respecto al régimen regulado por el inciso ch) del artículo 1º de la Ley Nº 148 de 23 de agosto de 1943, se declare la oficiosidad de dichos incrementos al puesto.


La Procuraduría General de la República, por su dictamen C-272-2007, de 16 de agosto de 2007, suscrito por Luis Guillermo Bonilla Herrera, Procurador Adjunto, concluye sobre lo consultado lo siguiente:


“Por las razones expuestas y por considerar que no se evidencian motivos o razonamientos que hagan necesario acudir a la competencia de revisión oficiosa que contempla el inciso b) del artículo 3 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se mantiene en todos sus extremos los dictámenes C-368-2003, C-128-2004 y C-381-2004, en cuanto al principio de rogación que aluden.”