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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 340
 
  Dictamen : 340 del 24/09/2007   
 
Resumen

C-340-2007


 


MINISTERIO DE TRABAJO. PENSIÓN DE GRACIA. NATURALEZA FACULTAVIA Y COMPLEMENTARIA. PENSIÓN DE DERECHO. PENSIÓN ORDINARIA. DOBLE PENSIÓN POR LOS MISMOS SERVICIOS. POTESTAD DE REVISIÓN DE OFICIO DE LOS ACTOS DECLARATIVOS DE DERECHOS. INTIMACIÓN Y DEBIDO PROCESO. AUSENCIA DE UNA NULIDAD ABSOLUTA, EVIDENTE Y MANIFIESTA.


 


El Ministerio de Trabajo nos solicita rendir el dictamen a que se refiere el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública para declarar en vía administrativa la nulidad absoluta, evidente y manifiesta del otorgamiento del derecho de pensión de Gracia a favor del señor xxx.


 


Esta Procuraduría, mediante su dictamen C-340-2007, del 24 de setiembre del 2007, suscrito por el procurador adjunto Alonso Arnesto Moya,  luego de advertir irregularidades en la intimación realizada al expedientado – verbigracia, citando de forma genérica e imprecisa la normativa infringida y artículos que no tienen relación con los hechos investigados (situación que se corrige hasta con el informe final del órgano director) – decidió devolver el expediente administrativo sin el dictamen favorable solicitado, ya que no se estaba en presencia de una nulidad en el grado requerido por el ordenamiento jurídico como para ser declarada de oficio en vía administrativa, partiendo de la naturaleza facultativa y complementaria de la pensión de Gracia, que obedece a una liberalidad del Estado, razón por la cual, los artículos 3 y 15 de la Ley General de Pensiones y el numeral 16 de la Ley n.° 7013 (anulada por el voto constitucional n.°1633-1993) permiten su disfrute simultáneo con una pensión de Hacienda aún cuando para el otorgamiento de la de Gracia se hayan tomado en cuenta los mismos servicios.