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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 129
 
  Dictamen : 129 del 22/04/2008   
 
Resumen

C-129-2008


 


ERROR DE LA ADMINISTRACIÓN. EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD. INTERESES, MULTAS O RECARGOS.


 


El señor Ministro de Hacienda requiere el criterio técnico jurídico de la Procuraduría General, respecto al error de la administración como eximente de responsabilidad en el pago de los accesorios intereses, recargos, multas y sanciones que correspondan a un contribuyente que en un determinado momento actúa con base en información suministrada por un jerarca de la Administración Tributaria quien expresa una opinión favorable respecto a un procedimiento presentado a su consideración, y no obstante ello, posteriormente la Administración en ejercicio de sus competencias y aplicando lo dispuesto en la ley que regula la materia, determina mayores impuestos a los declarados con fundamento en el procedimiento sobre el cual se externó opinión favorable


 


El Licenciado Juan Luis Montoya Segura, Procurador Tributario mediante el dictamen C-129-2008 del 22 de abril del 2008, emiten criterio al respeto, llegando a las siguientes conclusiones.


 


1-     Que la Administración Tributaria con fundamento en el párrafo segundo in fine del artículo 71 Código de Normas y Procedimientos Tributarios y párrafo segundo del artículo 110 del Reglamento General de Gestión, Fiscalización y Recaudación Tributaria puede condonar mediante resolución administrativa el extremo  de intereses.


 


1-     Que no procede aplicar sanciones por infracciones tributarias cuando la actuación del contribuyente se ajusta a criterios erróneos emitidos por la Administración Tributaria; es decir, cuando haya mediado error de la administración.