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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 261
 
  Opinión Jurídica : 261 - J   del 15/12/2003   
 
Resumen

OJ-261-2003


 


PROYECTO DE LEY. VIOLENCIA DOMÉSTICA.


 


 


La señora Margarita Penón Góngora, Presidenta Comisión Permanente Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa, en oficio número CM-44-10-03 de fecha 09 de octubre del año en curso, solicita a esta Procuraduría General que vierta su criterio técnico-jurídico en relación con el proyecto de ley denominado: "Reforma del artículo 3° de la Ley contra la víolencía doméstica", expediente legislativo N° 15.210.-


 


Se sostiene que los datos estadísticos del Instituto Nacional de la Mujer reflejan que las medidas de protección contenidas en el artículo tercero de la Ley contra la Violencia Doméstica, 7586 del 10 de abril de 1996, no han sido lo suficientemente efectivas como se requería, en dos vertientes: en primer lugar, no han protegido eficazmente a las víctimas y en segundo lugar, la mayoría de las medidas vigentes tienen como finalidad alejar al presunto agresor del núcleo familiar, pero dejan de lado la atención que necesita el agresor para rehabilitarse y reincorporarse a la vida familiar.‑


La iniciativa legislativa en estudio se presenta como una propuesta de solución al vacío detectado en la legislación vigente.-


 


El Procurador, Licdo. José Enrique Castro Marín y la Msc . Tatiana Gutiérrez Delgado, Abogada de Procuraduría concluyen mediante la opinion juridical N° OJ-261-2003 lo siguiente:                                    


 


Conforme a lo indicado, pero teniendo presente la importancia que tienen las medidas propuestas por el proyecto para el combate de la violencia doméstica, es que sugerimos como solución que dentro de cada uno de los incisos, se introduzca como condición para su aplicación que el presunto agresor o agresora brinde su consentimiento.-