Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 331 del 01/12/2009 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 331
 
  Dictamen : 331 del 01/12/2009   
 
Resumen

C-331-2009



MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS. SERVICIOS ESPECIALES. PERSONAL INTERINO Y DE CONFIANZA. ANUALIUDADES. CARRERA PROFESIONAL. DEDICACIÓN EXCLUSIVA. HORAS EXTRA


 


La Alcaldía de la Municipalidad de Puntarenas solicita el criterio de esta Procuraduría en torno a la procedencia de cancelarle, a las personas contratadas bajo la partida de servicios especiales, los rubros salariales de anualidades, carrera profesional, dedicación exclusiva, tiempo extraordinario y salario escolar.


 


Esta Procuraduría, en su dictamen C-331-2009 del 1° de diciembre de 2009, suscrito por Julio César Mesén Montoya, Procurador de Hacienda, y por Irene Bolaños Salas, Abogada de Procuraduría, arribó a las siguientes conclusiones:


 


            1.- En el ámbito municipal, bajo la partida de “servicios especiales”, es posible ubicar al personal interino y a los servidores de confianza necesarios para brindar servicio directo al Alcalde, al Presidente y Vicepresidente Municipales y a las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal.


 


            2.- Aun cuando el personal interino y de confianza de las municipalidades está


excluido del derecho a la carrera administrativa municipal (y con ello, del derecho a la estabilidad y a la promoción en sus puestos) esa situación no impide que en materia salarial se les deba dar un tratamiento similar al que se le otorga a los servidores regulares.


 


            3.- Los servidores interinos y de confianza de las municipalidades cuya remuneración se basa en el sistema de salario base más pluses, tienen derecho al pago de anualidades, carrera profesional, dedicación exclusiva, horas extra (que en el caso de los servidores de confianza es de doce horas al día) y salario escolar, siempre que cumplan los requisitos específicos previstos para cada una de esas figuras.