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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 274
 
  Dictamen : 274 del 23/12/2010   
 
Resumen

C-274-2010


 


CONSULTAS. NO SE PUEDEN CONSULTAR CASOS CONCRETOS. LEY DE LICORES. VENTA DE LICORES AL POR MAYOR Y AL DETALLE. LICENCIA MUNICIPAL. PATENTE DE LICORES.


 


La Municipalidad de Dota nos consulta si el hecho de haberle otorgado licencia comercial de licorería al señor Luis Enrique Barrantes Montero lo faculta para vender licores nacionales y extranjeros, sin contar para ello con una patente de licores otorgada por medio de remate público, tal como lo establece la Ley de Licores. Lo anterior, por cuanto al respecto existe una diferencia de criterios entre la posición sostenida por el asesor legal de esa corporación y el criterio legal externo rendido por el Lic. Lenín Mendiola Varela.


 


Además de exponer los detalles del caso, se adjunta el criterio legal vertido por el Lic. Mendiola, en el cual, igualmente, se abordan puntualmente las actuaciones administrativas relacionadas con la licencia comercial otorgada a favor del señor Luis Enrique Barrantes.


 


Mediante nuestro dictamen N° C-274-2010 del 23 de diciembre del 2010, suscrito por Andrea Calderón Gassmann, Procuradora, señalamos que se nos pone en conocimiento de todos los detalles del caso que está siendo ventilado en esa municipalidad, situación que nos impide verter un pronunciamiento directamente relacionado con el caso, en tanto mediante un criterio de carácter vinculante inevitablemente estaríamos entrando a sustituir a la Administración activa en relación con este caso, por las razones ya explicadas.


 


Sin perjuicio de lo anterior, consideramos de provecho acotar que en anteriores ocasiones esta Procuraduría General ya ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre el punto de interés que está de por medio en la consulta planteada. 


 


Lo anterior, para efectos de que ese gobierno local pueda conocer y analizar los criterios de este Órgano Asesor que se han vertido sobre la materia, con los que eventualmente puedan quedar despejadas las dudas planteadas. 


 


Así, nos permitimos transcribir en lo que aquí interesa nuestro reciente dictamen C-160-2010 del 6 de agosto del 2010, en el cual se desarrollan una serie de consideraciones acerca de la Ley de Licores, sobre el tema de que la venta de licores al por mayor no requiere una licencia emitida al amparo de la Ley de Licores, por no estar prevista en la ley. Sin embargo, como actividad lucrativa, sí se requiere que cuente con la licencia prevista en el artículo 79 del Código Municipal.


 


Además, que  los establecimientos que se dediquen a la venta de bebidas al por mayor no podrán expender licor al detalle, y que la Municipalidad se encuentra plenamente facultada para ejercer medidas de control y fiscalización sobre los establecimientos que se dediquen a la venta de licor al mayoreo.


 


Asimismo, adjuntamos una copia íntegra y completa del dictamen recién transcrito, por si resulta de interés de esa Municipalidad tener a la vista integralmente el texto del pronunciamiento de cita.