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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 221
 
  Dictamen : 221 del 12/09/2011   
 
Resumen

C-221-2011


 


MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE.CONSULTA. ADMISIBILIDAD. MANEJO Y CALIFICACION DE FONDOS PUBLICOS. FISCALIZACION Y CORDINACION DE AUDITORIAS INTERNAS. COMPETENCIA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.


 


El Auditor Interno de la Municipalidad de Aguirre solicita el criterio de esta Procuraduría sobre las siguientes interrogantes:


 


“1.       ¿Los ingresos que se generan por la administración de los cementerios públicos por una “Junta Administradora” se deben de considerar como FONDOS PÚBLICOS?


 


 2.        Si estos ingresos se consideran “Fondos Públicos” ¿deben ser fiscalizados por esta Unidad de Auditoría Interna? Es importante recordar que estos ingresos no son presupuestados.


 


3.         De ser dichos ingresos fondos públicos y que deban ser fiscalizados por la Auditoría Interna ¿cuál es el propósito del informe que deben emitir las “Juntas Administradoras” a la municipalidad?


 


4.         Si la administración de los cementerios públicos está a cargo directamente por la administración municipal, los ingresos generados ¿deben ser considerados como fondos públicos?


 


5.         Los ingresos señalados en el punto anterior, si se consideran fondos públicos ¿deberían ser presupuestados?


 


6.         En cuanto a la Personería Instrumental ¿Quién la otorga en su caso? ¿hasta dónde la conexión de esta personería, con la jurídica que únicamente ostenta el Alcalde?


 


7.         Los bienes que administran las Juntas ¿a nombre de quién deben estar? ¿Hasta dónde le es permitido, a quien ostente personería instrumental, comprometerlos o disponer de ellos?”


 


Mediante nuestro dictamen C-221-2011 de  12 de setiembre de 2011, suscrito por Andrea Calderon Gassmann, Procuradora, indicamos que en numerosas ocasiones nos hemos pronunciado en cuanto a la competencia prevalente y exclusiva que ostenta la Contraloría General de la República respecto al tema de la Hacienda Pública, dentro del cual entra la calificación de fondos públicos que pueda recaer sobre los ingresos generados por la administración de los cementerios y su régimen presupuestario.


 


Que la Contraloría General es el órgano rector en materia de control de la Hacienda Pública, lo que incluye expresamente la fiscalización y coordinación con todas las auditorías internas, lo que a su vez comprende, el ejercicio de la potestad consultiva.


 


En efecto, por tratarse de cuestionamientos en orden a los alcances de la función del auditor interno, es el Órgano Contralor el que, en ejercicio de las competencias claras y expresas que el ordenamiento le confiere debe pronunciarse y evacuar las interrogantes planteadas en la consulta.