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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 324
 
  Dictamen : 324 del 22/12/2011   
 
Resumen

C-324-2011


 


FRACCIONAMIENTOS. SERVIDUMBRES. MUNICIPALIDADES. INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO. PLANIFICACION URBANA


 


El Dr. Jorge Enrique Chavarría Carrillo, Alcalde de la Municipalidad de Santa Cruz, mediante Oficio No. DAM-2775-2011 de 9 de diciembre de 2011, nos pregunta “si es posible encontrar una posible vía de excepción en la aplicación del Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, que en lo particular establece que: “La longitud de una servidumbre de acceso a lotes interiores no excederá de 60 metros.” Tal disposición corresponde al artículo II.2.1.1.”


 


El Lic. Víctor Bulgarelli Céspedes, Procurador Agrario, mediante dictamen C-324-2011 de 22 de diciembre del 2011, contesta que el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, en su apartado II.2.1., no regula excepciones a la regla de que la longitud máxima permitida de una servidumbre para casos de fraccionamientos de lotes para vivienda unifamiliar es de sesenta metros; por lo que debe aplicarse dicha norma, en tanto no exista disposición diferente en un reglamento municipal de un plan regulador local, en cuyo caso, ésta prevalecerá.