Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 029 del 26/01/2012 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 029
 
  Dictamen : 029 del 26/01/2012   
 
Resumen

C-029-2012


 


CONSULTAS. ADMISIBILIDAD. TRANSFERENCIAS PARA PROYECTOS, NATURALEZA DE LOS FONDOS Y RÉGIMEN PRESUPUESTARIO ES MATERIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. NO SE PUEDEN CONSULTAR CASOS CONCRETOS. SE DEBE ADJUNTAR EL CRITERIO LEGAL.


 


El Colegio de Biólogos de Costa Rica nos indica recibió una solicitud  por parte del agremiado señor Gerardo Jiménez Arce, a quien la Universidad de las Naciones Unidas le aprobó fondos por un monto de $15.000 dólares para la puesta en marcha del curso Pharmacogenetics: Applications and Methods for Developing Countries, fondos que fueron depositados en una cuenta del CONICIT, para ser transferidos a dicho curso.


 


Que al mismo tiempo, el CONICIT le solicitó al señor Jiménez que gestionara con otra institución los trámites pertinentes para que la administración del CONICIT pudiera realizar la transferencia antes mencionada, por lo que dicho agremiado le está solicitando a ese Colegio Profesional que actué como intermediario de dichos dineros.


 


Por lo anterior, es de su interés consultar nuestro criterio en el sentido de si el Colegio de Biólogos tiene la potestad de administrar fondos de este tipo, y si así fuera, si está facultado a cobrarle al señor Jiménez un porcentaje por la administración de los mismos.


 


Mediante nuestro dictamen C-029-2012 del 26 de enero del 2012, suscrito por Andrea Calderón Gassmann, Procuradora, señalamos que la consulta planteada nos pone en conocimiento de un caso concreto, y que, como Órgano Asesor de la Administración Pública, esta Procuraduría no se puede pronunciar respecto de casos concretos, pues debido a la fuerza vinculante de sus dictámenes, ello implicaría una sustitución de la Administración.


Por otra parte, que nos hemos pronunciado en cuanto a la competencia prevalente y exclusiva que ostenta la Contraloría General de la República respecto al tema de la Hacienda Pública, dentro del cual entra lo referente al uso de los fondos públicos y su régimen presupuestario. De ahí que las inquietudes planteadas en relación con la posibilidad de que el Colegio de Biólogos pueda fungir como intermediario de fondos otorgados por la Universidad de las Naciones Unidas al señor Gerardo Jiménez, provenientes de una cuenta del CONICIT, y si tiene facultad legal para cobrar una comisión por la administración de esos fondos, entran en el ámbito competencial de la Contraloría General, dadas las consideraciones ya expuestas sobre el particular.


 


Incluso, a nuestro juicio la consulta amerita hacer un análisis de la naturaleza jurídica que ostentan esos fondos, así como del acto de disposición de esos recursos, a fin de determinar si están donados al señor Gerardo Jiménez puntualmente en virtud de la condición de servidor de la Universidad de Costa Rica que ostenta dicho profesional, así como otras particulares del caso, tales como la participación que ha tenido el CONICIT en el manejo de esos dineros.


 


Por ende, es el Órgano Contralor el que, en ejercicio de las competencias claras y expresas que el ordenamiento le confiere, según quedó visto, debe pronunciarse y evacuar las interrogantes planteadas en la consulta.


 


Por último, indicamos que en tanto la consulta no viene acompañada del respectivo criterio legal, igualmente estamos ante el incumplimiento de uno de los requisitos de admisibilidad que nos impide verter el pronunciamiento de fondo solicitado.