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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 173
 
  Dictamen : 173 del 17/10/1989   
 
Resumen

C-173-89


GASTOS DE REPRESENTACIÓN. INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE. VEHICULO DE USO DISCRECIONAL


De conformidad con la ley de Impuesto sobre la renta y el art. 28.c) del Reglamento a dicha Ley los gastos de representación y el uso de vehículo discrecionalmente, son rentas del trabajo personal dependiente y por tanto son sujetas a retención por parte del agente respectivo. En el caso del uso de vehículos la dirección de Tributación Directa calculará el monto a instancia del agente retenedor o bien de oficio.