Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 111 del 21/06/2013 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 111
 
  Dictamen : 111 del 21/06/2013   
 
Resumen

C-111-2013


 


VEHICULOS DISCRECIONALES.GERENCIA GENERAL.SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, RIESGO Y AVENAMIENTO


 


El señor Gerente General del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riesgo y Avenamiento solicita criterio técnico jurídico respecto a “¿Si la Gerencia General del SENARA ostenta derecho para que se le asigne vehículo de uso discrecional según interpretación del término Presidentes Ejecutivos, contemplado en el Artículo 238 de la Ley de Tránsito Nº 9078?”.


 


Mediante el dictamen C-111-2013 del 21 de junio del 2013, el Licenciado Esteban Alvarado Quesada, Procurador, da respuesta a la solicitud, concluyendo lo siguiente:


 


 


1.                  La Ley N° 9078 del 4 de octubre del 2012 estableció una nueva categorización del uso de vehículo públicos dentro de los cuales se encuentran los vehículos de uso discrecional y semidiscrecional.


 


2.                  En el artículo 238 de la Ley N° 9078 del 4 de octubre del 2012, el legislador redujo el listado de funcionarios que se encuentran autorizados para la utilización de vehículos de uso discrecional.


 


3.                  La ley N° 9078 del 4 de octubre del 2012, elimina la autorización legal de uso de vehículos discrecionales a los Gerentes Generales. 


 


4.                  El Gerente General del Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento no está autorizado por la ley para utilizar el vehículo público asignado de forma discrecional o semidiscrecional.