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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 236
 
  Dictamen : 236 del 05/08/2014   
 
Resumen

C-236-2014


NOMBRAMIENTO Y COMPETENCIAS DEL SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE PROCOMER


 


            El señor Alexander Arias Valle, Auditor Interno de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, solicita en el oficio N° AI-097-2013 del 12 de noviembre del 2013 criterio de éste Órgano Asesor sobre una posible incompatibilidad de funciones de la Secretaria de la Junta Directiva de PROCOMER.


 


La MSc. Maureen Medrano Brenes, Procuradora Adjunta, y el Lic. Edgar Mauricio Valverde Segura, Abogado de Procuraduría, en su Dictamen N° C-236-2014 del 5 de agosto del 2014, arribaron a las siguientes conclusiones:


 


1.      Las facultades y atribuciones conferidas por la LGAP a los Secretarios de los órganos colegiados no pueden ser delegadas en terceras personas.


2.      Es factible nombrar como Secretario a una persona que no forme parte del órgano colegiado.


3.      PROCOMER puede nombrar como Secretario de su Junta Directiva a un funcionario de la Asesoría Legal; sin embargo, únicamente podría recibir una dieta si no existe superposición horaria entre la jornada laboral y las sesiones de los órganos. 


4.      En el caso de que se nombre a un miembro de la Asesoría Legal como Secretario de la Junta Directiva, es innecesario elaborar un perfil de puesto  tanto como Asesor Legal como de Secretario en razón de que ya se encuentran debidamente determinadas las tareas de cada uno de ellos.