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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 029
 
  Dictamen : 029 del 11/02/2016   
 
Resumen

C-029-2016


 


ACTOS ADMINISTRATIVOS FAVORABLES. ACTOS DE EFECTOS CONTINUADOS. ANULACIÓN OFICIOSA. ANULAR EN SEDE ADMINISTRATIVA.  ARTÍCULO 173 DE LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. AUSENCIA DE NULIDAD ABSOLUTA. DICTÁMENES. FALTA DE CONVENCIMIENTO. GRADO DE INVALIDEZ. MUNICIPALIDAD. NULIDAD. NULIDAD ABSOLUTA, EVIDENTE Y MANIFIESTA. ÓRGANO DIRECTOR. PERMISO DE CONSTRUCCIÓN. PLAZO DE CADUCIDAD.


 


Por oficio No. MSA-SCM-05-553-2015 del 21 de julio del 2015, el señor Jorge A. Fallas Moreno, Secretario Municipal de la municipalidad de Santa Ana, solicita dictamen sobre la nulidad absoluta, evidente y manifiesta del permiso de construcción No. 348-13, otorgado a Puente de Alcántara S.A. para un estacionamiento de autobuses, en expediente No. 4244.


La Procuradora Susana Fallas Cubero devuelve la copia certificada del expediente administrativo, sin el dictamen favorable solicitado, pues considera que existe una falta de convencimiento del órgano director acerca del grado de invalidez del permiso de construcción No. 348-13, ya que el informe final de mayoría concluyó que la nulidad de dicho acto es de carácter relativo, mientras que el informe de minoría estimó que la nulidad es de carácter absoluto, lo cual pone de manifiesto que la nulidad absoluta no es evidente y manifiesta. Asimismo, por haber trascurrido el plazo de caducidad para el ejercicio de dicha potestad.  En lo que respecta a los permisos de construcción, esta Procuraduría ha considerado que se trata de actos de efectos continuados mientras la obra no finalice, y que el plazo de un año correrá a partir del momento en que se finaliza la obra de construcción.