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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 130
 
  Opinión Jurídica : 130 - J   del 27/10/2016   
 
Resumen

OJ-130-2016     


 


MOTIVACIÓN DEL PROYECTO.  POSICIÓN ACERCA DE LOS PROYECTOS LEGISLATIVOS QUE ORIGINARON LAS LEYES 9221 Y 9242. CONTEXTO LEGAL DE LAS REFORMAS PROPUESTAS: LEYES 9221/2014 Y 9242. REGULARIZAR: CONCEPTO. CONSIDERACIONES SOBRE EL PROYECTO: POTESTAD DE AUTOTUTELA DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE; POLICÍA DEMANIAL. ZONA MARÍTIMO TERRESTRE: BIEN MEDIOAMBIENTAL; PRINCIPIO DE NO REGRESIÓN O DE PROGRESIVIDAD. DEBER MUNICIPAL DE GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUBRIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES LEVANTADAS EN SU JURISDICCIÓN Y DE FISCALIZAR LAS QUE ESTÁN AL MARGEN DE LA LEY.


 


La Licda. Licda. Silma Elisa Bolaños Cerdas, Jefa de Área de la Comisión Permanente Especia de Turismo, Asamblea Legislativa, siguiendo instrucciones de esa Comisión, consulta  el Proyecto denominado “Ampliación de los plazos del artículo 4 de la Ley para la Regulación de las Construcciones Existentes en la Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre, N° 9242 de 06 de mayo de 2014 y del Transitorio I de la Ley Marco para la Declaratoria de Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento Territorial, N° 9221 de 25 de abril de 2014”, expediente N° 19.885.


 


José J. Barahona Vargas, Procurador Asesor, y Yamileth Monestel Vargas, Abogada de Procuraduría, con análisis de los temas que se indican en los descriptores, dan respuesta a la consulta, en la Opinión Jurídica O. J.-130-2016, en la que concluyen que si bien la aprobación o no de este proyecto de ley es un asunto de política legislativa, el que es objeto de consulta, por las razones expuestas, se recomienda no adoptarlo.


 


Se hace ver que la Ley 9373/2016 declaró una moratoria que, en lo que interesa, suspende el desalojo de personas y la demolición de obras en la zona marítimo terrestre, por el plazo de veinticuatro meses, salvo las ordenadas mediante resolución judicial o administrativa en firme, fundamentándose en la comisión de daño ambiental o cuando exista peligro o amenaza de daño al medio ambiente,  y que en la corriente legislativa se tramita el expediente 19.582, con el objeto de ampliar los plazos de los artículos 3° y 4° de la Ley 9242, por lo que de aprobarse ambos Proyectos, habría una pluralidad de normas, regulando el mismo punto, de manera diversa .