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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 136
 
  Dictamen : 136 del 16/06/2017   
( RECONSIDERA DE OFICIO PARCIALMENTE )  
 
Resumen

C-136-2017


SOBRE EL PAGO DEL SALARIO ESCOLAR


 


El Licenciado Olman Mata Mena, Auditor Interno de la Municipalidad de Turrialba mediante oficio número número UAI-MT/43-2017, fechado 03 de abril de 2017, peticiona criterio respecto al Salario Escolar.  Así, solicita dilucidar lo siguiente:


 


“¿Debe considerarse el concepto de salario escolar en los Gobiernos Locales como un componente salarial, al cual debe aplicarse las mismas deducciones que al salario nominal o por el contrario debe considerarse el concepto como un ahorro individual de los funcionarios?


 


Analizado el punto sometido a consideración de este órgano técnico asesor, mediante dictamen C-136-2017 del 16 de junio del 2017, suscrito por Laura Araya Rojas, se concluyó lo siguiente:


 


A.- El salario escolar constituye un componente salarial, no así, una retención pagada en forma diferida


 


B.- Atendiendo a la modificación jurisprudencial, de oficio, se reconsideran parcialmente los Dictámenes  números C-127-2008 del 21 de abril del 2008,  C-163-2011 del 11 de julio, 201, C-121-2012  del 18 de mayo del 2012, C-146-2016 del 24 de junio de 2016.


C.- Al salario escolar deben rebajársele cargas sociales y cualquier otro rubro dispuesto por el ordenamiento jurídico, empero, la determinación de estos últimos corresponde  de forma exclusiva y excluyente a la Administración activa, ya que, conlleva un análisis casuístico que excede la competencia de este órgano técnico asesor. 


D.- El salario escolar se materializa en el patrimonio de los trabajadores en el mes de enero de cada año.