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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 056
 
  Dictamen : 056 del 02/04/2018   
 
Resumen

C-056-2018


 


Procedimiento para declarar la nulidad absoluta, evidente y manifiesta, artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública. potestad de la administración pública de anular un acto declarativo de derechos en vía administrativa. criterio favorable sobre la nulidad evidente y manifiesta. Potestad anulatoria, plazo de caducidad de un año contado a partir de la adopción del acto que se pretende anular -salvo que sus efectos perduren-, inciso 4) del artículo 173. Imposibilidad de la Procuraduría de emitir el dictamen favorable requerido por el Ministerio de EDUCACIÓN PÚBLICA. Nombramiento en propiedad funcionario docente. Proceso de lesividad, artículos 10.5, 34 y 39.2 del Código Procesal Contencioso Administrativo. Artículos 20 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y 9 inciso c) de su Reglamento.


 


 


Por oficio n.° DAJ-1994-10-2017 del 24 de octubre del 2017, complementado por el oficio DAJ-DPP-004-01-2018 del 09 de enero del 2018, el señor Mario Alberto López Benavides, Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública, remitió a la Procuraduría General el expediente administrativo original compuesto por 445 folios y tres CD’s; dos de ellos contienen una copia del expediente relacionado con los Estudios de Vida y Costumbres a nombre del señor xxx, cédula de identidad xxx, con un total de 268 imágenes cada uno, y el otro corresponde a una copia del expediente xxx iniciado en contra del citado funcionario Corrales Méndez, el cual contiene un total de 189 imágenes, las que valga aclarar también se encuentran en su gran mayoría impresas del folio 81 al 248 del expediente original remitido, con el propósito de que se emitiera el dictamen afirmativo tendente a declarar la presunta nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo de nombramiento en propiedad del señor xxx, tramitado mediante las acciones de personal N° 9003509 y N° 201403-MP-083167, en el puesto de Profesor de Enseñanza Técnico Profesional de Música en el Liceo Santa Rita y acción de personal N° 9909595 en el puesto de Profesor de Enseñanza Técnico Profesional de Música en el C.T.P. Francisco J. Orlich de Grecia, por haber sido declarado no idóneo moralmente para ocupar puestos en propiedad o interino, por la Dirección General de Servicio Civil, mediante la resolución número GD-192-2015.


 


Mediante dictamen C-056-2018 del 02 de abril de 2018, suscrito por la Licda. Yansi Arias Valverde, Procuradora Adjunta, se concluyó:


 


“Con fundamento en el análisis efectuado, esta Procuraduría devuelve, sin el dictamen afirmativo solicitado, la gestión tendente a declarar la presunta nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo de nombramiento en propiedad del señor xxx, cédula de identidad xxx, tramitado mediante las acciones de personal N° 9003509 y N° 201403-MP-083167, en el puesto de Profesor de Enseñanza Técnico Profesional de Música en el Liceo Santa Rita y acción de personal N° 9909595 en el puesto de Profesor de Enseñanza Técnico Profesional de Música en el C.T.P. Francisco J. Orlich de Grecia, por haber sido declarado no idóneo moralmente para ocupar puestos en propiedad o interino, por la Dirección General de Servicio Civil, mediante la resolución número GD-192-2015.


 


Remitimos adjunto el expediente administrativo que nos fue enviado con la gestión, el cual consta de 445 folios y tres CD’s; dos de ellos contienen una copia del expediente relacionado con los Estudios de Vida y Costumbres a nombre del señor Guillermo Corrales Méndez, cédula de identidad 2-0299-0413, con un total de 268 imágenes cada uno, y el otro corresponde a una copia del expediente 225-2016 iniciado en contra del citado funcionario Corrales Méndez, el cual contiene un total de 189 imágenes.”