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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 161
 
  Dictamen : 161 del 11/07/2018   
 
Resumen

C-161-2018


 


COMPETENCIA MUNICIPAL PARA EJECUTAR LOS RECURSOS TRANSFERIDOS DEL IMPUESTO ÚNICO A LOS COMBUSTIBLES


 


El señor Róger Gamboa Flores, Auditor Interno de la Municipalidad de Abangares solicita una ampliación del dictamen C-245-2017 del 27 de octubre de 2017. Específicamente solicita que nos pronunciemos sobre las siguientes interrogantes:


 


“¿Pueden las municipalidades financiar el pago de los profesionales contratados y los gastos administrativos de los departamentos creados para el desarrollo de los programas de gestión vial, haciendo uso para ello de los recursos de las leyes 8114 y 9329, ya no como Unidades Técnicas por cuanto estas no tienen sustento legal?”


“¿A partir de la derogatoria del Decreto Ejecutivo N° 34624-MOPT que establecía el nombramiento, y el pago del plus de dedicación exclusiva, a los profesionales contratados para las Unidades Técnicas, pueden las municipalidades seguir pagando el plus de dedicación exclusiva a los profesionales contratados para el desarrollo y ejecución de la gestión vial, hacienda uso para ello de los recursos de las leyes N°8114 y 9329, aunque no se indique en el Decreto Ejecutivo N° 40138 vigente?


 


Mediante dictamen C-161-2018 del 11 de julio 2018, suscrito por Silvia Patiño Cruz, Procuradora Adjunta, se concluyó que corresponde a la Contraloría General de la República lo relativo al correcto manejo de los fondos públicos. No obstante ello, remitimos al consultante a los criterios C-83-2017 y C-245-2017, mediante los cuales se evacuaron sus interrogantes relativas a la interpretación de las normas jurídicas relativas al tema consultado.


En consecuencia, se reafirma que a partir de lo dispuesto en la Ley 9329 del 15 de octubre de 2015 y el Decreto Ejecutivo 40138 del 12 de diciembre de 2016, corresponde a las municipalidades, en ejercicio de su autonomía, asumir la responsabilidad de ejecutar los recursos transferidos del impuesto único a los combustibles y, específicamente, el destino de éstos conforme a la ley. “