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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 197
 
  Dictamen : 197 del 17/08/2018   
 
Resumen

C-197-2018


 


INADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS. CONSULTAS DE FUNCIONARIOS JUDICIALES. CASO CONCRETO. FUNCIÓN CONSULTIVA NO INCLUYE EL CONTROL DE LEGALIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS.


 


El señor Asdrúbal Montero Chacón, Fiscal Auxiliar solicita un pronunciamiento sobre dos resoluciones administrativas emitidas por la Universidad de Costa Rica. Específicamente, requiere que determinemos si dichas resoluciones son o no contrarias a la ley.


 


Esta Procuraduría, en dictamen No. C-197-2018 de 17 de agosto de 2018, suscrito por la Procuradora Amanda Grosser Jiménez y la Abogada de Procuraduría Elizabeth León Rodríguez, concluye que:


 


Si bien es cierto, fundamenta su solicitud en lo dispuesto en el artículo 290 del Código Procesal Penal, no se requiere un informe como tal, sino un criterio jurídico en ejercicio de nuestra función consultiva, que está sujeta a criterios de admisibilidad.


 


El Poder Judicial y sus funcionarios pueden consultar cuando se trate de un tema en el ejercicio de la función administrativa, no así, cuando requieren nuestro criterio sobre algún tema de interés para el ejercicio de la función judicial.


 


En esta ocasión se pretende que determinemos la validez de dos actos administrativos concretos y si accedemos a rendir el criterio solicitado, estaríamos invadiendo competencias que no nos corresponden y desconociendo nuestra función asesora.


 


Por lo tanto, la consulta es inadmisible.