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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 258
 
  Dictamen : 258 del 09/10/2018   
 
Resumen

C-258-2018


 


INADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS. NO PLANTEA CONSULTA ESPECÍFICA. LA COMPETENCIA CONSULTIVA NO ABARCA LA REVISIÓN DE INFORMES LEGALES. DEBE ADJUNTARSE CRITERIO LEGAL. DEBE ADJUNTARSE EL ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA EN EL QUE SE DECIDE CONSULTAR.


 


            La señora Daniela Gutiérrez Villanueva, Secretaria de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas remite dos criterios jurídicos del jefe del Departamento Legal, “con el objeto de que sean analizados y aclarados en vista de las contradicciones que se dan en dichos temas.”


 


            Esta Procuraduría, en dictamen No. C-258-2018 de 9 de octubre de 2018, suscrito por la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:


 


            La consulta resulta inadmisible porque:


 


            No se plantea un cuestionamiento específico sobre el cual se requiere nuestro criterio, y de tal manera, no es posible determinar cuál es la duda legal concreta que se pretende solventar. Lo que se pretende es que la Procuraduría revise las consideraciones rendidas en los informes remitidos y determine si lo dispuesto es correcto o no, lo cual escapa a nuestras competencias consultivas. Para el adecuado ejercicio de nuestra función, es necesario que el jerarca institucional plantee el cuestionamiento concreto sobre el cual se solicita nuestro criterio, y no que se requiera nuestra asesoría de manera general sobre el contenido de dos informes específicos.


 


            Además, no se adjunta el criterio legal exigido por el artículo 4° de nuestra Ley Orgánica. También, debe considerarse que al ser la Junta Directiva la legitimada para requerir nuestro criterio, es importante que se remita el acuerdo en el cual se fijan los cuestionamientos que ese órgano colegiado desea consultarnos.