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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 242
 
  Dictamen : 242 del 21/09/2018   
 
Resumen

C-242-2018


INADMISIBLE. MATERIA DE HACIENDA PÚBLICA Y CONTROL INTERNO.


                                            


El señor Geiner Calderón Umaña, Auditor Interno de la Municipalidad de Parrita consulta sobre la posibilidad de que la administración municipal adquiera un bien mueble proveniente de un departamento de la misma municipalidad, pero que administra recursos propios. Específicamente consulta lo siguiente:


 


“(…)


1.    ¿Puede alguno de estos departamentos vender un bien mueble que no ha cumplido su vida útil, a fin de simplemente adquirir uno nuevo y sin que medie un estudio técnico que indique las razones porque necesitan un vehículo nuevo?


2.    ¿Puede alguno de los supra citados departamentos, vender un bien mueble a la propia administración, y que esta se lo cancele con recursos libres?


Ejemplo: Que el departamento de Zona Marítimo Terrestre (ZMT) de una Municipalidad, le pretenda vender un automóvil a la propia administración.


3.    ¿Puede el Perito Valorador del departamento de Hacienda Municipal, (el cual pertenece a la administración general y que administra recursos libres) valorar un vehículo del departamento de Zona Marítimo Terrestre, con la intención de que este último departamento le pretenda vender el vehículo valorado a la propia administración general municipal?


4.     En caso de ser afirmativa la respuesta de la interrogante tres. ¿No genera un conflicto de intereses que el Perito Valorador de la administración general municipal, valore un vehículo del departamento de ZMT, el cual pretende ser vendido a la propia administración general municipal?


5.    En caso de ser afirmativa la interrogante tres.  ¿Debe el Perito Valorador Municipal poseer algún requisito, curso o estudio adicional, a fin de valorar bienes muebles municipales sin problema alguno?


6.    En caso de ser negativa la respuesta del interrogante número 3. ¿Debe el vehículo de Zona Marítimo Terrestre ser valorado por un Perito Valorador especializado del Ministerio de Hacienda, o puede contratarse un Perito Valorador especializado?


(…)”


 


 


            Mediante dictamen C-242-2018 del 21 de setiembre 2018, suscrito por Yolanda Mora Madrigal, Abogada de la Procuraduría y Silvia Patiño Cruz, Procuradora Adjunta se concluyó que la consulta planteada resulta inadmisible por ser competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, al tratarse del adecuado manejo de la Hacienda Pública y de los procedimientos de Control Interno.


      En cuanto al tema del conflicto de interés y con ánimo de colaborar con el consultante, lo remitimos a los dictámenes de esta Procuraduría C-167-2002 del 26 de junio de 2002, OJ-35-2007 del 23 de abril de 2007, C-128-2007 del 24 de abril de 2007, C-163-2007 del 25 de mayo de 2007, C-387-2007 del 6 de noviembre de 2007, entre muchos otros.