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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 219
 
  Dictamen : 219 del 07/09/2018   
 
Resumen

C-219-2018


 


DEBIDO PROCESO.  PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL APLICABLES AL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO.


 


El Auditor de la Refinadora Costarricense de Petróleo, solicita nuestro criterio en torno a la siguientes interrogantes:


 


• ¿Cuáles son los principios del debido proceso aplicables en el marco del procedimiento administrativo disciplinario?


• ¿Es posible aplicar institutos y principios de derecho penal en un procedimiento administrativo disciplinario?


• ¿Son aplicables el error de prohibición y la teoría de la adecuación social como eximentes de responsabilidad administrativa en un procedimiento administrativo disciplinario?


 


Mediante dictamen C-219-2018 del 7 de setiembre del 2018, Grettel Rodríguez Fernández y Karen Quirós Cascante, funcionarias del Area de Derecho Público, atendieron la consulta arribando a las siguientes conclusiones:


 


1.  Los principios del derecho penal que pueden ser aplicados al derecho administrativo sancionador, de conformidad con los antecedentes citados son los referidos al debido proceso, al principio de tipicididad y de culpabilidad, con los matices ya expuestos líneas atrás.


 


2.  No es posible aplicar el error de derecho (error de prohibición) al proceso administrativo sancionador, pues dicho instituto no corresponde a un principio de derecho de rango constitucional y tampoco resulta compatible con las particularidades de las sanciones aplicables en el derecho administrativo.


 


3.  La teoría de la adecuación social, es una construcción doctrinaria que no ha sido positivizada en la legislación penal y que tampoco resulta de aplicación al proceso penal.  De ahí que resulta improcedente su aplicación dentro del proceso administrativo sancionador.