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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 279
 
  Dictamen : 279 del 09/11/2018   
 
Resumen

C- 279-2018


 


SALARIO ESCOLAR. INCAPACIDADES. SUBSIDIO. AGUINALDO


 


La Auditoría Interna de la Municipalidad de San José nos consulta si “Se deben considerar los pagos por subsidio para el cálculo del salario escolar, para los funcionarios de los gobiernos locales”.


 


Esta Procuraduría, en su dictamen C-279-2018 del 9 de noviembre del 2018, suscrito por Julio César Mesén Montoya, Procurador de Hacienda, indicó lo siguiente:


 


1.- Las prestaciones económicas que perciben los servidores con motivo de una incapacidad por enfermedad, no constituyen salario, sino subsidio.


 


  2.- El salario escolar debe calcularse con base en los salarios devengados por el servidor durante el periodo correspondiente.


 


  3.- Para el cálculo del salario escolar, no es posible considerar las sumas canceladas al trabajador por concepto de subsidios.


 


  4.- Lo anterior aplica salvo que exista una norma especial que, de manera clara, establezca lo contrario.