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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 104
 
  Opinión Jurídica : 104 del 07/11/2018   
 
Resumen

OJ-104-2018


 


PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO. PREVISIÓN DE INGRESOS. AUTORIZACIÓN DEL GASTO


 


El Diputado Jonathan Prendas, en oficio N. JPR-94-10-2018 de 4 de octubre 2018, consulta el criterio de la Procuraduría sobre si existe en la Ley N. 8131 o en cualquier parte del ordenamiento jurídico, una disposición que impida la presentación de un presupuesto extraordinario sin que exista una cifra definitiva del faltante de recursos.


           


La Dra. Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora General Adjunta, emite la Opinión Jurídica N. 104-2018 de 7 de noviembre siguiente, en que se concluye que:


1-. La Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y su Reglamento determinan la necesidad de estimar los distintos gastos que deben ser financiados por un presupuesto en un período determinado. Gastos que deben ser estimados y establecidos con base en las proyecciones correspondientes, de la misma forma que deben estimarse los recursos para financiarlos.


2-.  Ni la citada Ley ni el Reglamento a la Ley imponen como requisito para la elaboración del presupuesto, ordinario o extraordinario, la exactitud de las cifras que se vayan a incorporar en el presupuesto.


3-. Exactitud que tampoco ha sido expresamente exigida en relación con una insuficiencia de financiamiento.