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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 013
 
  Dictamen : 013 del 21/01/2019   
 
Resumen

C-013-2019


 


INADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS. EL JERARCA ES EL LEGITIMADO PARA CONSULTAR. EL JERARCA DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES ES SU JUNTA DIRECTIVA. UNO SOLO DE SUS MIEMBROS NO PUEDE CONSULTAR. SE REQUIERE ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA. NO ADJUNTA CRITERIO LEGAL.


El señor José Alberto Carpio Solano, Fiscal del Colegio de Ciencias Económicas requiere nuestro criterio sobre la conformación de la Junta Directiva de ese Colegio Profesional.


Esta Procuraduría, en dictamen No. C-013-2019 de 21 de enero de 2019, suscrito por la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:


 


La consulta resulta inadmisible porque:


 


En el caso concreto de los Colegios Profesionales, las consultas deben ser requeridas por su Junta Directiva. En esta ocasión, la consulta es formulada por uno solo de los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Ciencias Económicas, sin mediar un acuerdo al respecto.


 


Si bien se transcribe parte del criterio de la asesoría legal de ese Colegio, lo cierto es que no se adjunta un informe legal completo