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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 039
 
  Dictamen : 039 del 14/02/2019   
 
Resumen

C-039-2019


 


INADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS. NO SE ADJUNTA ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA PARA CONSULTAR. NO SE ADJUNTA CRITERIO LEGAL.


 


La señora Teresa Ocampo Sirias, Presidenta de la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Granadilla requiere nuestro criterio sobre el plazo para dar respuesta al derecho de petición.


 


Esta Procuraduría, en dictamen No. C-039-2019 de 14 de febrero de 2019, suscrito por la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:


 


La consulta resulta inadmisible porque:


 


Es planteada por la presidenta de la Junta Administrativa, sin mediar un acuerdo de la Junta al respecto. Y porque incumple el requisito de admisibilidad de adjuntar el criterio de la asesoría legal de la institución sobre el tema consultado, pues, pese a que se hacen ciertas consideraciones de índole legal, no se aporta un criterio jurídico específico.