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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 057
 
  Dictamen : 057 del 28/02/2019   
 
Resumen

C-57-2019


 


DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES. CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. RÉGIMEN DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE. COTIZACIONES. OBLIGACIÓN DE REINTEGRO.


 


La Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social nos consulta si la Caja Costarricense de Seguro Social está obligada a trasladar las cuotas que ha recibido para otorgar una pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, en aquellos casos en los cuales dicha pensión no es otorgada por ese régimen, sino por alguno de los regímenes especiales sustitutivos.


 


Esta Procuraduría, en su dictamen C-057-2019 del 28 de febrero del 2019, suscrito por Julio César Mesén Montoya, Procurador de Hacienda, indicó que si un servidor ha hecho cotizaciones para un régimen de pensiones del Estado, incluido el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, y se declara su derecho a obtener una pensión por un régimen distinto, el primero de ellos está obligado a traspasar las cotizaciones y los fondos con los que presuntamente iba a otorgar un beneficio que en definitiva no otorgó.