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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 112
 
  Dictamen : 112 del 26/04/2019   
 
Resumen

C-112-2019


INTERPRETACIÓN DEL TRANSITORIO I DE LA LEY 8488. RECURSOS DEL FONDO NACIONAL DE EMERGENCIAS.


 


 


El Doctor Alberto Salom Echeverría, Rector de la Universidad Nacional solicita nuestro criterio sobre lo siguiente:


 


“(…)


¿Es jurídicamente válida la interpretación realizada por la Asesoría Legal de la Comisión Nacional de Emergencias en el oficio CNE-URF-OFI-065-2018, de conformidad a la última reforma del Transitorio I de la Ley de la Comisión de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias aprobada el 22 de febrero del 2011 y publicada en la Gaceta Oficial N° 88, el 09 de mayo del 2011? ¿Cómo debe interpretar la Universidad Nacional la vigencia del transitorio I de la Ley Nacional de Emergencias Prevención del Riesgo?”


 


            Mediante dictamen C-112-2019 del 26 de abril 2019, suscrito por Silvia Patiño Cruz, Procuradora Adjunta se concluyó:


1.    La Ley N° 8933 del 24 de marzo de 2011, que es Reforma del Transitorio I de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo N° 8488 del 22 de noviembre de 2005, no corresponde a una ley interpretativa con efectos retroactivos, pues se trata de una verdadera reforma legal que modifica de manera expresa lo dispuesto en la norma anterior en cuanto al plazo, instituciones beneficiarias y los porcentajes de asignación;


2.    La Ley N° 8933 del 24 de marzo de 2011, señala expresamente que “rige a partir de su publicación”, por lo que según lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución Política, su vigencia empezó a correr del 9 de mayo de 2011, fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta;


3.    A partir de lo anterior, el 9 de mayo de 2011 inició el cómputo de los doce años dispuestos en el transitorio I de la Ley N° 8488, según la reforma operada;


No se desprende del expediente legislativo de dicha reforma, una manifestación de fondo del legislador que desvirtúe la intención finalmente plasmada al emitirse la Ley 8933, para que ésta rigiera a partir de su publicación.