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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 063
 
  Opinión Jurídica : 063 - J   del 12/06/2019   
 
Resumen

OJ-063-2019


 


REFORMA A LA LEY N°7092, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL 19 DE MAYO DE 1988, Y SUS REFORMAS, PARA GRAVAR A LAS HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES DE LUJO


 


La Señora  Noemy Gutiérrez Medina, Jefe de Area de la Comisión Legislativa VI remitió a este Órgano asesor el correo electrónico de fecha 29 de octubre de 2018 con el número HAC-282-2018, por medio del cual solicita el criterio técnico jurídico en relación con el Proyecto de Ley denominado “Reforma a la Ley N°7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, del 19 de mayo de 1988, y sus reformas, para gravar a las herencias, legados y donaciones de lujo”, el cual se encuentra bajo el expediente legislativo N°20391.


 


Esta Procuraduría, en su dictamen OJ-063-2019 de fecha 12 de junio de 2019 suscrito por el Licenciado Juan Luis Montoya Segura Procurador Tributario y arribó a la siguiente conclusión:


 


·         De conformidad con lo expuesto, es criterio de la Procuraduría General que la reforma de los incisos e) y q) para gravar las herencias, los legados y las donaciones resulta incongruente con el objeto mismo del impuesto sobre la renta previsto en el artículo 1° de la Ley de Impuesto sobre la Renta y sus reformas, y por ende  presenta roses de legalidad, y eventualmente podría violentar los principios de razonabilidad y proporcionalidad que derivan de la relación de los artículos 18 y 33 de la Constitución Política. Sin embargo, debe quedar claro que la competencia para crear tributos de conformidad con el artículo 121 inciso 13) de la Constitución Política, en relación con el artículo 5 del Código de Normas y Procedimientos es competencia exclusiva de los señores y señoras Diputados (as).