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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 265
 
  Dictamen : 265 del 17/09/2019   
 
Resumen

C-265-2019.


 


PATRIMONIO HISTÓRICO-ARQUITECTÓNICO. BIENES NO INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL. FORMA DE RESGUARDARLO.


 


La señora Silvye Durán Salvatierra, Ministra de Cultura y Juventud requiere nuestro criterio sobre las siguientes preguntas:


 


“1) De acuerdo a la ley 7555 ¿Se puede declarar como patrimonio histórico arquitectónico, un sitio o edificación que no se encuentran inscritos al Registro Nacional?


 


2) En caso de resultar procedente la declaratoria de sitios o edificaciones no inscritas al registro nacional. ¿Cómo garantizamos la seguridad jurídica, la publicidad del acto de declaratoria y la eficacia, si no existe un número de folio real o inscripción donde se pueda realizar la anotación de la afectación que la declaratoria conlleva?”


 


Esta Procuraduría, en dictamen No. C-265-2019 de 17 de setiembre de 2019, suscrito por la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:


 


1) Sí es posible declarar como parte del Patrimonio Histórico-Arquitectónico bienes inmuebles que no se encuentren inscritos en el Registro Nacional.


 


2) En esos casos, la seguridad, publicidad y eficacia de la declaratoria puede garantizarse mediante la colocación de elementos señaladores en el inmueble, las labores de vigilancia que corresponden a las Municipalidades y la realización de inspecciones periódicas por parte del Ministerio de Cultura y Juventud.